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No queremos delegar el voto, queremos ejercer nuestro derecho por E-Movilízate PDF Imprimir E-Mail
Parece ser que el juez Santiago Senent ha cerrado la primera fase del procedimiento de insolvencia de Fórum Filatélico, abriendo de esta manera la fase de concurso en la que se presentan las propuestas de convenio.
Según informaciones aparecidas en prensa los acreedores hemos sido convocados el día 8 de octubre a fin de que votemos sobre la propuesta de convenio presentada por la empresa, pero aquí saltan las primeras sorpresas, resulta que los acreedores no vamos a poder acudir a la misma, deberemos otorgar poderes a otro que nos represente debido al elevado número de clientes de la filatélica.

¿Ahora se dan cuenta que somos muchos? Señores, desde el primer momento sabían que la cifra sobrepasaba los 250.000 y sin embargo, ese dato, conocido por todos, no ha parecido importante hasta el momento en que los acreedores tenemos que dar nuestra opinión, justo en el momento en que por fin nuestra voz puede ser escuchada alguien prescinde de nosotros, como suele ser lo habitual.

Somos muchos los que creemos que este asunto jamás debió pasar por el juzgado mercantil y ser tratado como una quiebra, esto no es una situación provocada por el mercando, una caída en el precio de los sellos, ¿o si?, una situación coyuntural que con algunos reajustes tiene solución. Algunos olvidan que este tema también es objeto de investigación por la Audiencia Nacional, y los cargos a los que se enfrentan los imputados son varios, todos ellos importantes, siendo uno de ellos el de estafa. Por tanto sólo nos queda preguntarnos como es posible que una posible estafa, una estafa piramidal, un "negocio" abocado al fracaso como reconocen los mismos administradores concursales puede ser tratado como una vulgar quiebra.

Pero si ya todo esto nos sorprende a muchos, la decisión del juez Santiago Senent nos indigna. ¿Se ha preocupado el señor juez de saber si los afectados hemos tenido información clara y transparente sobre ese convenio que le han presentado o le presentaran en fechas próximas? Nos puede confirmar el señor juez si ese convenio consta únicamente de los 7 folios que circulan por Internet, con lo cual lejos del alcance de la gran mayoría de los afectados, o si por el contrario el tiene constancia de que esto no es una tomadura de pelo como a simple vista parece?, ¿Cómo podemos los afectados decidir sobre algo a lo que no hemos tenido acceso?, ¿Cómo puede negarnos el señor juez el derecho a decidir sobre algo tan importante?
Señor juez, estamos cansados ya de ser invisibles, el decidir sobre la aceptación de un convenio o la denegación del mismo es nuestro derecho y los únicos que tenemos el derecho a decidir si queremos delegar esa responsabilidad en otra persona somos nosotros.

Desde hace algo más de dos años, miles de ciudadanos tienen la certeza que otros han decidido usurpar sus derechos, esto genera una desconfianza tremenda en el sistema judicial, con decisiones como esta, esta desconfianza está ganada a pulso y desde luego nos prepara para otras decisiones más o menos polémicas que ya no nos sorprenderán en un futuro.

Además, según el artículo 118 de la ley concursal se reconoce a los acreedores el derecho a la asistencia a la junta, pudiendo estos ser representados o no, siendo esta decisión del acreedor no del juez, es por tanto evidente que por las particularidades de este caso las leyes que a otros les son aplicadas a los acreedores de Fórum Filatélico le son negadas. No se puede justificar cometer una ilegalidad, como es saltarse las leyes, por las particularidades de un caso...las particularidades ya eran conocidas por ustedes, las particularidades son 270.000 clientes, 270.000 votos. Son, en definitiva, unos días más de trabajo que ustedes pretenden ahorrarse a costa de privarnos de nuestros derechos.

En este caso además entendemos que obviar los derechos de los acreedores puede traer otras consecuencias indeseadas como lo son las posibles manipulaciones por parte de ciertos sectores afines a la empresa, que usen precisamente esas delegaciones para aprobar un convenio que de ninguna manera favorece a los antiguos clientes de la empresa, señor juez, es su responsabilidad velar por los intereses de los acreedores, es su responsabilidad que se cumpla la ley.


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viernes, 27 de junio de 2008
 
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